Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de septiembre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo BIOINVAL.
Expediente: M-4293864
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) 1.- El signo solicitado se halla incurso, para "Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; compuestos para la extinción de incendios y la prevención de incendios; preparaciones para templar y soldar metales; sustancias para curtir cueros y pieles de animales; adhesivos (pegamentos) para la industria; masillas y otras materias de relleno en pasta; preparaciones biológicas para la industria y la ciencia", en la clase 1, y para todos los productos de las clases 29, 30 y 32 en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y delConsejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando que "todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica".2.- El signo solicitado se hallaincurso, para "Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; compuestos para la extinción de incendios y la prevención de incendios; preparaciones para templar y soldar metales; sustancias para curtir cueros y pieles de animales; adhesivos (pegamentos) para la industria; masillas y otras materias de relleno en pasta; preparaciones biológicas para la industria y la ciencia", en la clase 1, y para todos los productos de las clases 29, 30 y 32 en la prohibición del artículo 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados,toda vez que la denominación incluye el término BIO, mientras que el signo se está solicitando paradistintos productos en general, sin especificar que estos han sido obtenidos por métodos de producción ecológica. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada para la prohibición del art. 5.1.f), señalada en el párrafo anterior.3.- El signo solicitado se halla incurso para "compost,abonos y fertilizantes" de la clase 01 en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye el término "BIO" mientras que el signo se está solicitando para estos productos en general, sin especificar que son aptos para su uso en la agricultura ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando que "todos los productos anteriores son aptos para su uso en la agricultura ecológica" o eliminando tales productos de la lista.Para subsanar todos los defectos advertidos, la lista de productos para estas clases podrá quedar redactada como: Clase 01: "Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; compuestos para la extinción de incendios y la prevención de incendios; preparaciones para templar y soldar metales; sustancias para curtir cueros y pieles de animales; adhesivos (pegamentos) para la industria; masillas y otras materias de relleno en pasta; preparaciones biológicas para la industria y la ciencia. Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica; Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica; compost, abonos, fertilizantes aptos parasu uso en la agricultura ecológica". Clase 29: "Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas;jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasas para uso alimenticio. Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodosde producción ecológica". Clase 30:" Café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticiasy fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza;levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo. Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica". Clase 32:" Cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales y carbonatadas; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas sin alcohol. Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica"
Identificado de publicación: 8737339
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4293864
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 09/09/2025
Clases: 01, 29, 30, 32