Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo BIOBEAamor al arte natural.
Expediente: M-4314456
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso, para los productos solicitados en la clase 31 en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art.30 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. 02) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de todos los productos solicitados en la clase 31, toda vez que la denominación incluye el término "BIO", mientras que el signo se está solicitando sin especificar que estos han sidoobtenidos por métodos de producción ecológica.En consecuencia, podrá subsanar los defectos señalados en relación con las prohibiciones de los artículos 5.1.f) y 5.1.g), presentando una nueva lista de productos de la clase 31, quedando como sigue:-Clase 31: productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos,plantones y semillas para plantar; animales vivos; productos alimenticios y bebidas para animales; malta. Todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica
Identificado de publicación: 9037011
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4314456
Fecha de resolución: 18/02/2026
Clases: 31