Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de agosto del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo BIKESHOP.


Suspenso de fondo de marca

BIKESHOP

Expediente:  M-3653372

Tipo Marca:  Mixta

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  3926257

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  3653372

Fecha de resolución:  02/08/2017

Clases:  03, 06, 07, 08, 09, 12, 16, 25, 28, 35

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos solicitados en clase 09 como "CASCOS" y enclase 12 como "BARRAS DE DIRECCION, PATILLAS DE APOYO" no están correctamente definidos. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) ajustándolos a las clases solicitadas, pudiendo hacerlo de la siguiente forma: "CASCOS DE PROTECCION" (clase 09), "INDICADORES DE DIRECCION, PIES DE APOYO PARA BICICLETAS" (clase 12). Asimismo, debe concretar y ajustar a la clase 12 los productos solicitados como "CUCURUCHOS". Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 delReglamento)

Motivos:  02) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos solicitados en clase 12 como "REFLECTORES DE BICICLETA" pertenecen a la clase 11 del Nomenclátor Internacional, por lo que están incorrectamente clasificados. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) clasificándolos correctamente. Deberá abonar la tasa correspondiente a la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 08/08/2017 Tomo: 1 Anuncio:3926257 

IR A BIKESHOP
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es