Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Beyond the Bench Soccer.
Expediente: M-4327850
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8791231
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4327850
Fecha de resolución: 09/10/2025
Irregularidades: 1.Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" SÓLO los correspondientes apellidos y en la casilla "N OMBRE" SÓLO el nombre del solicitante.2.La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión y/o están mal clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre , de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concreto: -"análisis técnico y táctico de partidos en vídeo con fines formativos; sesiones de entrenamiento mental y preparación psicológica orientadas a la mejora del rendimiento deportivo; sesiones individuales 1 a 1 para el asesoramiento y mejora d el bienestar mental de deportistas; sesiones grupales hasta 20 personas centradas en el desarrollo e mocional y psicológico aplicado al deporte; análisis psicológico del comportamiento del jugador medi ante vídeo; orientación emocional y manejo del estrés en el ámbito deportivo" son imprecisos. De be eliminarlos o redefinirlos ATENIÉNDOSE a las definiciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Clinmar.-"Servicios de psicología deportiva" pertenece a la clase 44.Por cada nueva clase resultante deberá abonar euros (tasa ME17) si e l trámite y el pago se realizan electrónicamente.Si no se subsanasen en plazo los defectos señal ados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectado s (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para enc ontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de prod uctos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTEST ACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPE NSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA L A EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS