Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Better than new.
Expediente: N-0485453
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9057794
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0485453
Fecha de resolución: 25/02/2026
Clases: 25
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso para las actividades solicitadas, en la prohibición del artículo 5.1.b) en relación con el artículo 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que consiste en una frase eslogan o reclamo, que constituye alusión a características de las actividades reivindicadas y que el consumidor percibirá como un reclamo publicitario y no como un signo distintivo capaz de distinguir la actividad de una empresa Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado. 02) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o laépoca de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar las características de los productos para las que se solicita el presente nombre comercial, yaque el signo solicitado está formado por los términos "BETTER THAN NEW" ("MEJOR QUE NUEVO" en castellano).. sin incorporar elementos adicionales con la entidad suficiente que permita salvar el carácter descriptivo del que adolece el presente signo. El idioma empleado no le confiere suficiente distintividad para eliminar ese carácter descriptivo al ser el inglés de conocimiento del público en general.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, alegando lo que considere adecuado