Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo BEBO COFFEE.
Expediente: M-4354795
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9089527
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4354795
Fecha de resolución: 12/03/2026
Irregularidades: 1.La entidad solicitante carece de personalidad jurídica por lo que no está legitimada para obtener el registro de una marca. Deberá contestar a este suspenso indicando como solicitantes a todos los i ntegrantes de dicha comunidad de bienes, añadiendo sus DNIs y sus porcentajes de participación de se r posible (art.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).2.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, d e 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 35:-"Servicios de v enta al por menor de café, incluidos servicios de comercio electrónico" debe quedar definido como "s ervicios de venta al por menor y a través de redes informáticas mundiales de café".NOTA: se re comienda no usar herramientas de inteligencia artificial para generar el listado de productos y serv icios al ofrecer dichas herramientas resultados que no son aceptados por la clasificación de Niza y armonizada.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plaz o los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/ o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elab orar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFEC TOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS