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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de diciembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Barrical, bajo la titularidad de CRISMALCAR SL.


Suspenso de fondo de marca

Barrical

Expediente:  M-4254801

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  CRISMALCAR SL

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de los productos.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectoso alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturaleza de los productos solicitados, todavez que el signo consiste en el término "BARRICAL" que hace referencia a una barrica, cuba, o tonelsiendo estos recipientes de madera utilizados para la crianza de vino, muy relacionados con el objeto de los productos solicitados, sin que el signo incluya otros elementos con suficiente entidad quepermitan eliminar el carácter descriptivo del mismo. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  8223190

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4254801

Fecha de resolución:  25/11/2024

Clases:  21

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/12/2024 Tomo: 1 Anuncio:8223190 

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