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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Barnaclim.


Solicitud de marca suspendida

Barnaclim

Expediente:  N-0494830

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  9090867

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0494830

Fecha de resolución:  12/03/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:EN LA CLASE 35:- "Servicios de venta, comercialización e intermediación comercial de aparatos de clim atización y aire acondicionado" es impreciso. Debe especificar si el servicio de venta es al por may or o al por menor, o ambos. Asimismo, no se admite el término comercialización, si bien podría queda r incluido en el servicio de intermediación comercial. EN LA CLASE 37:- "servicios de insta lación y reparación" es impreciso. Debe indicar el objeto de instalación y reparación. Como ya ha in dicado "Instalación, mantenimiento y reparación de aparatos de climatización y aire acondicionado", el primero podría suprimirlo. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se s ubsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio. actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el p ago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desist ida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa .Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando l os defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el a rtículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9090867 

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