Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de abril del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Barcelona.
Expediente: M-4323580
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados en la prohibición del art.5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por componerse de un término habitual en el sector del merchandising turístico, que el consumidor lo percibirá como un elemento decorativo y no como un signo capaz de identificar una concreta procedencia empresarial. Por otra parte, el elemento gráfico del distintivo solicitado no tiene entidad suficiente para otorgar carácter distintivo. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.d) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que se hayan convertido en habituales en el lenguaje común o en las costumbres leales y constantes del comercio.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de elementos habituales en el sector del merchandising turístico. Se considera que el consumidor, al encontrar la marca solicitada en prendas como camisetas, sudaderas y otras, no la percibirá como una marca sino como un elemento decorativo -nombres de ciudades- que es típico en prendas de vestir que se ofrecen como regalos o recuerdos turísticos.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9143785
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323580
Fecha de resolución: 06/04/2026
Clases: 25