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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Balanced plus.


Solicitud de marca suspendida

Balanced plus

Expediente:  M-4326739

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8775384

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4326739

Fecha de resolución:  01/10/2025

Irregularidades:  1.- La representación aportada incluye elementos que son susceptibles de dos registros separados. De conformidad con lo establecido en los artículos 13.1 y 16.1.a de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, así como lo previsto en los artículos 8.1 y 11.1 del Real Decreto 687/2002, de 12 de jul io, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de M arcas, deberá especificar de forma clara y precisa el distintivo que desea solicitar. Apórtese una r epresentación de la marca que consista en un único elemento o un único concepto gráfico.2.- El a partado "Descripción escrita de la Marca" es de cumplimentación facultativa. En caso de indicar una descripción esta debe definir las características del distintivo.3.- La lista de productos y ser vicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 32:-" café, té matcha y açai: " Café" pertenece a la clase 30-" té matcha" pertenece a la clase 30 - " açai" tiene carácter impreciso, debe establecer con claridad y precisión los productos a solicitar y clasificarlos correctamente, ajustándose a las posiciones de la Clasificación Internacional de Ni za.Clase 41:- "yoga, pilates, barre y entrenamiento funcional" puede quedar definido como "clase s de yoga, pilates, barre y entrenamiento funcional" Apórtese un nuevo listado consignándolos corr ectamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspens o de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limita r, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del reglamento para la ejecución de la le y 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 08/10/2025 Tomo: 1 Anuncio:8775384 

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