Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Babou Handmade.
Expediente: M-4320836
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio. En concreto, la marca solicitada puede inducir al público a error sobre la naturaleza y calidad de los productos solicitados en las clases 24 y 28, toda vez que el signo contiene el término en inglés "HANDMADE", que puede traducirse como "hecho a mano" o "artesanal", sin que se haya especificado que tienen esta característica.Esta prohibición podrá subsanarse presentando una nueva lista de productos, limitando los productos solicitados de la forma siguiente:-Clase 24: "tejidos y sus sucedáneos; ropa de hogar, todos los productos anteriores están elaborados de forma artesanal".-Clase 28: "adornos para árboles de navidad; peluches, todos los productos anteriores están elaborados de forma artesanal"
Identificado de publicación: 9088456
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4320836
Fecha de resolución: 12/03/2026
Clases: 24, 28