Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de enero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo BA INTERIORISMO . HOME STAGING.
Expediente: N-0468177
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Descripcion Distintivo: Ba interiorismo . Home staging
Identificado de publicación: 8266739
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0468177
Fecha de resolución: 20/12/2024
Clases: 35, 37
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos (arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio)), ya que las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, lo solicitado en laclase 37 como "SERVICIOS DE INSTALACIÓN Y REPARACIÓN" no responde a las exigencias de precisión, debiendo concretar lo qué instalan y reparan. Lo solicitado como "HOME STAGING" es incorrecto, toda vez que no se admiten definciones en inglés, por lo que, o bien, lo suprimen del listado, o bien, definen en español los servicios a los que se refiera siempre que esa definción se encuentre recogida enla Clasificación internacional y esté comprendida en la clase solicitada. Lo solicitado como "INTERIORISMO" no responde a las exigencias de claridad y precisión, pudiendo tratarse de servicios comprendidos en clase diferente a la solicitada, toda vez que, el "Diseño de interiores" se encuentra recogido en la clase 42 lo que supondría el abono de tasa de una nueva clase. Lo solicitado como "DECORACION" es impreciso y no responde a las exigencias de claridad, pudiendo tratarse de servicios que, dependiendo como se complemente la definición, pertenezcan a la clase 37 o a otras diferentes a lasolicitada, ya que, los servicios de "Decoración de edificios" sí pertenece a la clase 37, pero losservicios de "Decoración de interiores" pertenece a la clase 42, o los servicios de "Decoración conglobos" pertenece a la clase 41, o los servicios de "Decoración de alimentos" pertenece a la clase 43, lo que supondría en estos tres últimos casos el pago de tasa por nuevas clases.Debe aportarse nueva lista completa de actividades, definiéndolas y clasificándolas correctamente de conformidad con la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Deberá abonar la cantidad de 82,84 euros por cada una de la/s nueva/s clase/s resultante/s (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida lasolicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Para consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta CLINMAR: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action