Información sobre la marca AYSADI TECH & LEGAL, registro solicitado por la empresa AYSADI TECH & NEW TECHNOLOGIES LAW CONSULTING SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4321467.
M-4321467
![]() | Expediente OEPM M-4321467 Tipo Figurativa Fecha solicitud 29/05/2025 Estado En tramitación |
La marca esta compuesta por el elemento denominativo "aysadi tech & legal". La palabra "aysadi" aparece en letras mayusculas estilizadas, con la letra inicial "a" representada mediante un trazo geometrico en degradado azul (#3536ff) y verde (#03dc67), actuando como elemento grafico distintivo. El resto del texto ("ysadi tech & legal") se presenta en color negro. La disposicion del conjunto es en dos lineas: "aysadi" en la superior, y "tech & legal" en linea superior e inferior derecha.
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#3536ff, #03dc67
No se reivindica un derecho exclusivo sobre los terminos genericos "tech" y "legal", salvo por su combinacion, disposicion y presentacion grafica conjunta con el resto del distintivo.
| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-08-20 | Contestacion al suspenso publicado el: 26/08/2025. |
| 2025-08-22 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
| 2025-08-26 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 19/08/2025. |
| 2025-08-29 | Publicacion de solicitud. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca AYSADI TECH & LEGAL
Expediente: M-4321467
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8712697
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4321467
Fecha de resolución: 19/08/2025
Irregularidades: 1.Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores que se vi sualizan en el distintivo (y no hacer comentarios). Este apartado es facultativo por lo que puede el iminar estas indicaciones2. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios d efinidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 42:-"Servicios de consultoría en ciberseguridad, i ncluyendo evaluación de riesgos digitales, implementación de controles de seguridad y alineación con marcos como ISO 27001, NIST y ENS", debe definirse:SERVICIOS DE CONSULTORÍA TECNOLOGICA EN CIBERS EGURIDAD, INCLUYENDO EVALUACIÓN DE RIESGOS DIGITALES, IMPLEMENTACIÓN DE CONTROLES DE SEGURIDAD Y ALI NEACIÓN CON MARCOS (ISO 27001, NIST Y ENS)- desarrollo y auditoría de software", DEFÍNASE.DESA RROLLO DE SOFTWARE; SERVICIOS DE AUDITORÍA DE CALIDAD DE SOFTWARE- consultoría en tecnologías em ergentes como blockchain y contratos inteligentes", defínase:CONSULTORÍA TECNOLOGICA EN MATERIA DE TECNOLOGÍAS EMERGENTES COMO LA CADENA DE BLOQUES [BLOCKCHAIN] Y CONTRATOS INTELIGENTES"asesoram iento en transformación digital y desarrollo de plataformas SaaS", defínase:SERVICIOS DE CONSULTOR IA TECNOLOGICA PARA LA TRANSFORMACION DIGITAL Y DESARROLLO DE SOFTWARE COMO SERVICIO [SaaS]CLASE 45:-RGPD" debe sustituirlo por: REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS-"consultoría en der echo digital y tecnologías emergentes", defínase:CONSULTORIA JURIDICA EN DERECHO DIGITAL Y TECNOLO GIAS EMERGENTES-"servicios de legaltech", es impreciso y no puede utilizar término en ingles. De be redefinirlo ajustando la definición a la clasificación de niza.- redacción y revisión de cont ratos tecnológicos", debe definirse:ASISTENCIA JURIDICA PARA LA REDACCIÓN Y REVISIÓN DE CONTRATOS TECNOLÓGICOS"gestión de activos intangibles", debe definirse:ASESORIA JURIDICA SOBRE ACTIVOS I NTANGIBLES", en CLASE 45, o bien:SERVICIOS DE VALORACION DE ACTIVOS INTANGIBLES", en la CLASE 36 -"asesoramiento en regulación de plataformas digitales y marketplaces", debe definirse:SERVICIOS DE ASESORES EN ASUNTOS DE REGULACION Y CONTROL EN MATERIA DE PLATAFORMAS DIGITALES Y MERCADOS EN LI NEASE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASPo r cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se reali zan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solic itud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Si no s e subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respect o a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado cons ignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLIN MAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.acti on
La información sobre la marca AYSADI TECH & LEGAL que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.