Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 29 de mayo del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AVANTI.
Expediente: N-0371857
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 3800770
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0371857
Fecha de resolución: 23/05/2017
Clases: 45
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente.En concreto, y para adaptarnos al Nomenclátor Internacional, los expresado como"REHABILITACIÓN, CUIDADO DE MAYORES, CENTRO DE DÍA, FISIOTERAPIA, PSICOLOGIA, LOGOPEDIA, TERAPIA OCUPACIONAL" esta mal expresado y no se encuentra en la Clase 45 con lo que podría quedar de la forma siguiente:Clase 44 "TERAPIA OCUPACIONAL Y REHABILITACIÓN, FISIOTERAPIA, PSICOLOGIA, LOGOPEDIA".Clase 43 "CENTRO DE DÍA PARA EL CUIDADO DE MAYORES".Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades(en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad deeuros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubieseabonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)