Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AUTOMID.
Expediente: N-0471337
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8487846
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0471337
Fecha de resolución: 14/04/2025
Clases: 12
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, elsigno solicitado puede inducir al público a error sobre la titularidad del signo, toda vez que en la denominación se nombra a una sociedad (mediante el acrónimo "S.L.") y el solicitante es persona física. Puede subsanar este defecto eliminando dicho acrónimo tanto de la denominación como del elemento figurativo, o realizando una transferencia a una sociedad