Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AUTOCONCIENCIA COMO CLAVE PARA LA LIBERTAD, bajo la titularidad de ENRIC CORBERA INSTITUTE SL.
Expediente: M-4273477
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: ENRIC CORBERA INSTITUTE SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos en relación con los arts. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001,de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto, en la clase 41 "formación on-lime", no se ajusta al nomenclátor internacional , debera redactarlo en español "formaciónen linea". Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente siguiendo la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por consistir en una denominación genérica y descriptiva que hace referencia al alcance o la finalidad de los productos y servicios reivindicados y asimismo por consistir en una frase slogan o lema promocional de los productos y servicios reivindicados que el público al que va dirigido no reconocerá como marca.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8492250
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4273477
Fecha de resolución: 16/04/2025
Clases: 09, 16, 41