Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Autocodecpro.
Expediente: M-4355267
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9089792
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4355267
Fecha de resolución: 12/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 09:- "utilidades, scripts y módulos de software" es impreciso. No puede utilizar términos en idiomas ext ranjeros, como "SCRIPT" que no estén en la Clasificación Internacional de Niza. Puede definirlo como "Software de utilidades".-"complementos (plugins) para integración en sistemas operativos y men ús contextuales", es impreciso. Podría quedar definido como: "Software de complementos [plugin] para integración en sistemas operativos y menús contextuales".-"interfaces de programación (APIs) y componentes de software para integración con plataformas de terceros" es impreciso. Podría quedar de finido como: "Software para su uso como una interfaz de programación de aplicaciones (API) para inte gración con plataformas de terceros".-"documentación electrónica relacionada con los anteriores" , es impreciso. Debe eliminarlo o especificar a que tipo de documentación se refiere.En la Clase 42:-"Servicios de software" es impreciso. Debe definirlo como "Software como servicio (Saas). -"provisión de software como servicio (SaaS) para procesamiento, conversión y transcodificación de contenido audiovisual". Debe definirlo como: "Facilitación de software como servicio (SaaS) para pr ocesamiento, conversión y transcodificación de contenido audiovisual".-"servicios de soporte téc nico, mantenimiento correctivo, adaptativo y evolutivo" es impreciso. Debe definir el servicio ajust ándose a la Clasificación Internacional de Niza.-"pruebas, validación y control de calidad de so ftware" es impreciso. Podría quedar definido como: "Servicios de asesoramiento en materia de desarro llo de productos y mejora de la calidad de software".Apórtese un nuevo listado consignándolos co rrectamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitu d únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede co nsultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2. oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME1 7) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pag o, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITU D, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIE MBRE, DE MARCAS