Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de mayo del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AUTOCARAVANAS CANTABRIA.
Expediente: M-3643514
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 3797352
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3643514
Fecha de resolución: 22/05/2017
Clases: 39
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto y a fin de adaptarse al Nomenclátor Internacional, todo lo indicado en el punto 5 de la solicitud (Lista de Productos y Servicios), para la clase 39, no está correctamente definido, pues al indicar "ESPECIALMENTE CARAVANAS Y AUTOCARAVANAS CON O SIN CONDUCTOR" no se ajusta o no encuadra paralos servicios solicitados de "TRANSPORTE, EMBALAJE, DEPOSITO, ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE MERCANCIAS". Podría solicitarlo como "Servicios de transporte, depósito, almacenamiento y distribución de mercancias, especialmente caravanas o autocaravanas".Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)