Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AUTOAVIÓN.
Expediente: N-0484872
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9024528
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484872
Fecha de resolución: 12/02/2026
Clases: 37
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece decarácter distintivo, al tratarse de dos términos, AUTO y AVIÓN, de uso común en el sector para el que se solicita y es por ello que no permite al consumidor identificar un concreto origen empresarial, sin incorporar elementos adicionales que lo doten de singularidad suficiente para acceder al registro.Además, aunque visualmente formen un solo vocablo, el consumidor la percibe como dos por lo que dicha expresión transmite información directa al consumidor.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado