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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo aurora by Bea.


Solicitud de marca suspendida

aurora by Bea

Expediente:  M-4344158

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8986090

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4344158

Fecha de resolución:  26/01/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 41:- " Cursos presenciales y en línea en materia de Reiki, bienestar y desarrollo personal" es impreciso. podría quedar definido como: "Impartición de cursos de formación presenciales y en línea en materia de Reiki, bienestar y desarrollo personal".-"Charlas y conferencias relacionadas con la salud y el bienestar integral" es impreciso. Podría quedar definido como: "Organización de charlas y confer encias relacionadas con la salud y el bienestar integral".En la Clase 44:-"Terapias energéti cas y holísticas", no se encuentra en la Clasificación Internacional de Niza. Podría quedar definido como: "Servicios de psicoterapia holística".-"Asesoramiento en bienestar integral" es impreciso . Podría quedar definido como: "Servicios de bienestar en cuanto asesoramiento en salud y nutrición" .En la Clase 45:-"Organización de círculos, grupos de apoyo y encuentros espirituales.", deb e definir el servicio con términos que se encuentren dentro de la Clasificación Internacional de Niz a.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defec tos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lis ta de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamen te. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la /s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONT ESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SU SPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PAR A LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:8986090 

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