Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ATTENDE CARE, bajo la titularidad de SERUNION SA.


Solicitud de marca suspendida

ATTENDE CARE

Expediente:  M-4351260

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9057099

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4351260

Fecha de resolución:  25/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 45:- El término "acompañamiento a personas mayores, personas con discapacidades (intelectuales) o personas que necesiten asistencia en cualquier otra forma (acompañamiento social)" debe quedar de finido como "ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL, EN CONCRETO ACOMPAÑAMIENTO A PERSONAS MAYORES, PERSONAS CON DISC APACIDADES (INTELECTUALES) O PERSONAS QUE NECESITEN ASISTENCIA".- En el término "servicios de se guridad, en concreto, suministro de sistemas de alarma para personas mayores, personas con discapaci dades (intelectuales) o personas que necesiten asistencia en cualquier otra forma" debe de quedar de finido como "SERVICIOS DE SEGURIDAD PARA PERSONAS MAYORES, PERSONAS CON DISCAPACIDADES (INTELECTUALE S) O PERSONAS QUE NECESITEN ASISTENCIA".o El "suministro de sistemas de alarma" iría en la clase 09, puesto que se trata de un producto, no de un servicio.Apórtese un nuevo listado consignándo los correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la so licitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pu ede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://con sultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros ( tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falt a de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 04/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9057099 

IR A ATTENDE CARE