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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 29 de agosto del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo atomus organic drinks.


Suspenso de fondo de marca

atomus organic drinks

Expediente:  M-4149106

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Descripcion Distintivo:  Atomo compuesto de tres orbitales en color verde, con tres electrones de color turquesa, amarillo y naranja, en el medio tiene un núcleo que simula una rueda de limón. En la parte de abajo esta compuesto con una frases que se lee atomus con un carácter griego en la primera letra, todas ellas de color verde y el carácter griego en color amarillo, seguido de ello aparece la frase: organic drinks, tanto al comienzo como al final de la frase se encuentra un punto, esta frase es de color amarillo

Identificado de publicación:  6964006

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4149106

Fecha de resolución:  22/08/2022

Clases:  30, 32, 35

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) La marca solicitada se halla incursa, para la Clase 30, en la prohibición del art. 5.1.f) de laLey de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al ser contraria a la Ley, toda vez que la denominación solicitada incluye el término "ORGANIC" y al respecto el art.23 del Reglamento (CE) nº 834/2007,del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos orgánicos, se refiere para los productos procedentes de la agricultura ecológica y orgánica que se comercialicen como tales

Motivos:  02) La marca solicitada se halla incursa, para las Clases 30 y 32, en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir al público a error sobre sobre la naturaleza y calidad de los productos que solicita, toda vez que la denominación solicitada incluye el término "ORGANIC" y al respecto el art.23 del Reglamento (CE) nº 834/2007, del Consejo, de28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y orgánicos, se refiere para los productos procedentes de la agricultura orgánica que se comercialicen como tales. En consecuencia, se podrá subsanar el defecto mencionado, limitando todos los productos solicitados en la Clase 30 y 32, a que son procedentes de la agricultura orgánica; por tanto deberá remitirnos una nueva solicitud,volviendo a relacionar todos los productos solicitados en la Clase 30 y 32, poniendo al final del listado que "TODOS LOS PRODUCTOS ANTERIORES PROCEDEN DE LA AGRICULTURA ORGÁNICA"

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 29/08/2022 Tomo: 1 Anuncio:6964006 

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