Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ASUKA.
Expediente: M-4342819
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8985762
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4342819
Fecha de resolución: 26/01/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "SE RVICIO DE VENTA AL POR MENOR EN COMERCIO Y A TRAVES DE LAS REDES MUNDIALES DE COMUNICACIÓN DE PRENDA S DE VESTIR, BISUTERIA, PAÑUELOS, CALZADO, SOMBREROS, CINTURONES Y BOLSOS" debe quedar definido como "SERVICIO DE VENTA AL POR MENOR EN COMERCIOS Y A TRAVES DE LAS REDES INFORMÁTICAS MUNDIALES DE PRENDAS DE VESTIR, BISUTERIA, PAÑUELOS (ROPA), CALZADO, SOMBREROS, CINTURONES Y BOLSOS".Apór tese un nuevo listado consignándolos correctamente, ajustándose a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servic ios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abo nar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s q ue no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspen so de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limit ar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la L ey 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas