Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de marzo del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ASOCIACION PARA LA PROTECCION DE LA VIDA APROVITA.
Expediente: M-3689615
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4295262
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3689615
Fecha de resolución: 19/03/2018
Clases: 35, 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto, debe eliminar el término "comercialización" y sutituirlo por SERVICIOS DE VENTA AL POR MAYORY AL POR MENOR EN COMERCIOS Y A TRAVES DE REDES MUNDIALES DE INFORMATICA DE PRODUCTOS, (especificarque productos) ajustándose a la Clasificación de NIza. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la titularidad de los productos/servicios siguientes: todos los comprendidos en las clases 41 y 35 solicitados, toda vez que el distintivo solcitado consiste en la denominación ASOCIACION PARA LA PROTECCION DE LA VIDA APROVITA y la marca se solicita por una persona física