Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ASOCIACIÓN NACIONAL DE HELADEROS ARTESANOS.
Expediente: M-4349891
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9041922
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4349891
Fecha de resolución: 19/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:relativo a la clase 3 5:"promociones publicitarias", se considera impreciso. Podría quedar definido como: "SERVICIOS PUB LICITARIOS Y PROMOCIONALES"."Asesoría fiscal", se considera impreciso. Debe quedar definido como : "ASESORIA FISCAL (contabilidad)"." de productos relacionados con la industria del dulce y hela do", se considera impreciso. Todos los productos deben quedar debidamente definidos, ajustándose a l a clasificación de Niza. "relacionados", no es admisible.relativo a la clase 41:"promoción cul tural", se considera impreciso. Debe ajustar todos los servicios a la clasificación de Niza.rela tivo a la clase 42:"servicios de asesoramiento técnico y de diseño prestados por una asociación a sus socios", se considera impreciso. Todos los servicios deben quedar debidamente definidos.Apór tese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elab orar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor c ada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitu d respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerd a que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señ alados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas