Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ASOCIACION DEPORTIVA DE HIJOS/HIJAS DE FUTBOLISTAS Y EXFUTBOLISTAS PROFESIONALES (AHFEP).
Expediente: M-4264983
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) Sólo podrán solicitar marcas colectivas las asociaciones de fabricantes, productores, prestadores de servicios o comerciantes que tengan capacidad, en su propio nombre, para ser titulares de derechos y obligaciones, celebrar contratos o realizar otros actos jurídicos, y que tengan capacidad procesal, así como las personas jurídicas de Derecho público, conforme se establece en el art. 62 de laLey 17/2001 de Marcas, no cumpliendo este requisito el solicitante de la presente marca.Por otra parte, la solicitud de registro de marca colectiva deberá ser acompañada de un reglamento de uso, enel que, además de los datos de identificación de la asociación solicitante, se especificarán las personas autorizadas a utilizar la marca, las condiciones de afiliación a la asociación, las condiciones de uso de la marca, los motivos por los que puede prohibirse el uso de la marca a un miembro de la asociación y demás sanciones en que puede incurrir, conforme se establece en el art. 63 de la citada Ley de Marcas y en el art. 38.1 de su Reglamento (aprobado por Real Decreto 687/2002 de julio).El Reglamento de uso deberá acompañarse, en el caso de las marcas colectivas, de los estatutos de laasociación o entidad solicitante, debidamente constituidos e inscritos (art. 38.3 del Reglamento para la Ejecución de la Ley de Marcas, aprobado por Real Decreto 687/2002 de julio)
Identificado de publicación: 8368268
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4264983
Fecha de resolución: 24/02/2025
Clases: 41