Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Aromaticks.
Expediente: N-0468217
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8306211
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0468217
Fecha de resolución: 27/01/2025
Clases: 03, 05
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que el signo solicitado no tiene capacidad para individualizar los servicios en el mercado, ya que se compone de términos que no permiten identificar una concreta procedencia empresarial.Este segundo suspenso no afecta ni interfiere con el anterior de fecha 20/12/24, junto con el cual será estudiado y sobre los que se decidirá en la resolución que se dicte en este expediente