Información sobre la marca AROMATIC CANDLE, registro solicitado por la empresa BALI COSMETICS SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-2854646.
M-2854646
Expediente OEPM M-2854646 Tipo Mixta Fecha solicitud 28/11/2008 Estado Denegada |
EL GRECO, 8 PORTAL 2 - 1 D45223 SESEÑA (TOLEDO)(ES) ESPAÑA
Rojo.
Fecha | Tramitación |
---|---|
2008-12-11 | Comunicacion a titulares derechos anteriores (art.18,4lm): M2705730 MEDICA AROMATIC. |
2009-01-01 | Publicacion de solicitud. |
2009-05-14 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 04/05/2009 causas del suspenso de fondo: 329. |
2009-07-31 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 21/07/2009 causas del suspenso de fondo: 342. |
2009-10-06 | Public. Denegacion de f.Resol: 23/09/2009. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca AROMATIC CANDLE
Expediente: M-2854646
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: BALI COSMETICS SL
Texto: Las resoluciones que se insertan en este epígrafe no son definitivas en la vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Ilmo. Sr. Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas
Texto: Las resoluciones que se insertan en este epígrafe no son definitivas en la vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Ilmo. Sr. Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas
Número de solicitud: M 2854646 (6)
Fecha de registro de todo tipo de transacciones respecto de solicitudes o registros: 23-09-2009
Fecha de publicación de la solicitud: 01-01-2009 - BOPI nº: 2922 - Página: 272.
Clase de la Clasificación de Niza y lista de productos o servicios clasificados de conformidad con ella: Denegación total de las clases: 3
Expediente: M-2854646
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: BALI COSMETICS SL
Texto: A partir de la fecha de publicación del presente Boletín Oficial de la Propiedad Industrial queda abierto el plazo de dos meses para que toda persona que se considere perjudicada pueda formular ante la Oficina Española de Patentes y Marcas oposición contra cualquier solicitud de registro contenida en este apartado (artículos 19 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y 17 de Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de dicha Ley).
Texto: Expedientes suspendidos por los motivos que a continuación se expresan. El solicitante dispone del plazo de un mes para presentar alegaciones (art. 20-2 RLM).
Número de solicitud: M 2854646 (6)
Clase de la Clasificación de Niza y lista de productos o servicios clasificados de conformidad con ella: 3 Fecha de suspenso: 21-07-2009. Defectos o motivos: 1) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de las características de los productos para los que se solicita la presente marca.
Expediente: M-2854646
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: BALI COSMETICS SL
Texto: Expedientes suspendidos por los motivos que a continuación se expresan. El solicitante dispone del plazo de un mes para presentar alegaciones (art. 20-2 RLM).
Número de solicitud: M 2854646 (6)
Clase de la Clasificación de Niza y lista de productos o servicios clasificados de conformidad con ella: 3 Fecha de suspenso: 04-05-2009. Defectos o motivos: 1) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto las velas solicitadas pertenecen a la clase 4 del N.I. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 154.38 euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).
La información sobre la marca AROMATIC CANDLE que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.