Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de enero del 2023 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ARGODEY FORTALEZA AUTENTICAS SALSAS CANARIAS, bajo la titularidad de ARGODEY FORTALEZA SL.
Expediente: M-4171469
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: ARGODEY FORTALEZA SL
Identificado de publicación: 7179205
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4171469
Fecha de resolución: 17/01/2023
Clases: 29, 30
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre el origen geográfico y calidad de los productos designados en las clases 29 y 30, toda vez que el distintivo solicitado contiene el término Canarias, y esta característica no se refleja en la lista de productos solicitada
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados en clase 29 y 30, en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar excluido de registro en virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo,de 21 de noviembre que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el distintivo contiene el término Canarias. Estas prohibiciones podrán subsanarse eliminando del distintivo el término "Canarias" (en formulario oficial). También podrá subsanar ambas prohibiciones limitando la lista de productos solicitada (en formulario oficial): -Clase 29:"carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, estando los plátanos amparados por la IGP Plátano de Canarias; hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, estando las patatas amparadas por la DOP Papas antiguas de Canarias; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceites y grasaspara uso alimenticio; todos ellos procedentes de Canarias" -Clase 30: "café, te, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales, estando el gofio amparado por la IGP Gofio Canario; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, estando la cochinilla amparada por la DOP Cochinilla de Canarias, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos, conteniendo como ingredientes gofio amparado por la IGP Gofio Canarioy cochinilla amparada por la DOP Cochinilla de Canarias; hielo; todos ellos procedentes de Canarias". También podrá subsanar excluyendo los productos indicados de la lista e indicandoque proceden de Canarias:-Clase 29: "carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos decarne; frutas y verduras, excepto plátanos; hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas, excepto patatas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteas; aceites y grasas para uso alimenticio; todos ellos procedentes de Canarias". -Clase 30: "café, te, cacao y sucedáneos del café; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagu; harinas y preparaciones a base de cereales, excepto gofio; pan, productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, excepto cochinilla, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos, exceptuando como ingredientes gofio y cochinilla; todos ellos procedentes de Canarias"
Motivos: 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre