Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de septiembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AQUYMA, bajo la titularidad de AQUYMA SL.
Expediente: N-0383114
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4601357
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0383114
Fecha de resolución: 17/09/2018
Clases: 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). las actividades no están correctamente definidas. En concreto, para estar bien ajustados a la Clasificación Internacional, lo solicitado en cl. 42 lo debe expresar de la siguiente forma:Cl. 42: " SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGACIONES INDUSTRIALES. CONTROLES DE CALIDAD RELACIONADOS CON LA HIGIENE DEL AGUA, DE LOS ALIMENTOS, MEDIOAMBIENTALES Y DE COSMÉTICOS. INSPECCIÓN DE ALIMENTOS, SERVICIOS DE CONTROL MEDIOAMBIENTAL" Los planes generales de higiene lo debe eliminar por impreciso. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) describiéndolas correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, "tratamientos de limpieza y desinfección para la prevención y control de legionelosis en instalaciones" lo debe solicitar en cl. 37 de la siguiente forma:cl. 37: "SERVICIOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN EN EDIFICIOS E INSTALACIONES CONTRA INFECCIONES BACTERIANAS". Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)