Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Aplasstalatas.
Expediente: M-4288037
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos solicitados, considerando que dicha denominación está compuesta por signos e indicaciones de uso común que carecen de distintividad, sin incorporar otro elemento, forma o denominación le aporte la singularidad suficiente para acceder al registro. 02) Asimismo, se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas. Este artículoestablece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado "Aplasstalatas", está compuesto de elementos denominativos que pueden servir en el comercio para designar la finalidad y naturaleza de los productos para la clase para la que se solicita, sin ningún otro elemento que le dé suficiente fuerza caracterizadora como para eliminar dicho carácter descriptivo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8627680
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4288037
Fecha de resolución: 19/06/2025
Clases: 07