Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de mayo del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo APIGRANCA ASOCIACION DE APICULTORES DE GRAN CANARIA, bajo la titularidad de ASOCIACION DE APICULTORES DE GRAN CANARIA.
Expediente: M-3641831
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: ASOCIACION DE APICULTORES DE GRAN CANARIA
Identificado de publicación: 3787650
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3641831
Fecha de resolución: 17/05/2017
Clases: 20, 30, 31
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos no están correctamente definidos. En concreto enla clase 31: "POLEN", pudiendo solicitarlo en la misma clase 31 como: "POLEN DE ABEJAS SIN PROCESAR". Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la procedencia geográfica de los productos para los que se solicita la presente marca, al contener en su distintivo los términos:"APIGRANCA ASOCIACIÓN DE APICULTORES DE GRAN CANARIA", y se solicita para diversos productos sin indicar su procedencia geográfica, debiéndo limitar el enunciado de productos añadiendo los términos: "Todos los productos son procedentes de Gran Canaria"
Motivos: 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre