Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de enero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AMOREMIO HANDMADE.
Expediente: N-0469186
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8278075
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0469186
Fecha de resolución: 08/01/2025
Clases: 18
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la calidad o características de los productos solicitados y que se pretenden distinguir con dicho signo, dado que en éste consta la leyenda "HANDMADE" ("Hecho a mano", en español) por lo que induce a pensar al consumidor que los productos solicitados en la clase 18 están elaborados de forma manual o forma artesanal, sin embargo, no se ha indicado esta característica en los productos solicitados.Esta prohibición podrá subsanarse, aportando nueva Lista de productos, indicando al final de la redacción de los productos solicitados que: "TODOS ESTOS PRODUCTOS ESTÁN HECHOS A MANO"