Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de marzo del 2023 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AMOR40.
Expediente: M-4174745
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7267404
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4174745
Fecha de resolución: 09/03/2023
Clases: 35, 38, 42, 45
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, Clase 35 -"Recopilación de información" no se admite porimpreciso, pudiéndolo definir, por ejemplo, como " recopilación de información sobre personal"-*"Recepción, estructuración y cotejo de datos personales, en particular para la comunicación mediante la transmisión remota de datos" deberá definirlo como "recogida, recopilación y verificación de datos personales informatizados, en particular para la comunicación mediante la transmisión remota de datos"-"Consultoría y análisis en el campo del análisis de la personalidad y análisis de individuos y caracteres" no se admite por impreciso, pudiéndolo definir en la clase 44 como "Consultoría y evaluación de la personalidad y análisis de individuos y caracteres, con fines psicológicos"-"Servicios de elaboración de perfiles de personalidad" deberá definirlos como "Realización de test de personalidad con fines de contratación".Clase 45-"Análisis de conflictos interpersonales en el ámbitoprivado y profesional" deberá definirlo como "Resolución de conflictos interpersonales en el ámbitoprivado y profesional"-"Crear conceptos para perfiles de personalidad y para la realización de pruebas para reunir a las personas en un contexto privado" no se admite por impreciso, deberá concretarlo-"consultoría y análisis en el campo del análisis de parejas" no se admite por impreciso, deberá concretarlo.-"pruebas de personalidad para fines de citas; servicios de pruebas psicológicas; servicios de pruebas psicológicas para fines de citas" no se encuentran correctamente clasificadas, pertenecen a la clase 44 Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de . euros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonadola tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action