Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de enero del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AMOR DE OLIVA.
Expediente: M-4116029
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6578902
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4116029
Fecha de resolución: 13/01/2022
Clases: 03, 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la calidad de los productos ofertados, toda vez que en su denominación contiene el término "oliva". Es decir, el público consumidor puede entender que todos los productos ofertados por la marca como "productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería; aceites esenciales" de la clase 3, así como los "aceites y grasas para uso alimenticio" de la clase 29, proceden de la oliva. Podrá subsanar dicha prohibición limitando dichos productos a aquéllos que son producidos con olivas y eliminando de la lista las grasas de uso alimenticio. La lista de productos podría quedar de la siguiente forma: Clase 03: productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; todos los productos anteriores son producidos con oliva; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavarla ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar.Clase 29: carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos; aceite de oliva