Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de octubre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AMERONNA, bajo la titularidad de CREACIONES ROSARIOS Y CRISTALES SL.
Expediente: N-0477416
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Descripcion Distintivo: El logotipo de ?ameronna? se caracteriza por una composicion tipografica elegante y distintiva. El diseño emplea una tipografia serif estilizada, en la que cada letra presenta trazos finos y proporciones alargadas que aportan sofisticacion y ligereza al conjunto.En la composicion visual del logotipo:1. Letra ?a? superior: la letra ?a? en la parte superior se presenta de forma destacada y tiene un detalle ornamental en la parte superior, compuesto por tres elementos graficos (una figura ovalada central y dos elementos elipticos en los laterales). Este detalle evoca un simbolismo sutil y aporta una identidad distintiva al logotipo.2. Texto ?ameronna?: el nombre completo aparece en mayusculas con una fuente serif estilizada. Las letras tienen trazos finos y elegantes, con un estilo ligeramente clasico pero adaptado a una estetica moderna. La letra ?o? en el centro de la palabra contiene un glifo especial: un simbolo compuesto por una cruz central y cuatro figuras en forma de petalo, distribuidas en los cuadrantes de la circunferencia. Este simbolo en la ?o? refuerza el caracter simbolico y exclusivo de la marca.El diseño del logotipo de ?ameronna? equilibra simplicidad y detalle ornamental, adecuado para una marca que busca proyectar sofisticacion y un toque de espiritualidad o simbolismo, especialmente en sectores relacionados con la joyeria o productos de inspiracion religiosa
Titular: CREACIONES ROSARIOS Y CRISTALES SL
Identificado de publicación: 8799055
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0477416
Fecha de resolución: 14/10/2025
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos en relación con los arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 dejulio), ya que las actividades no están correctamente definidas. En concreto: - " Servicio de venta al por mayor y al detalle de un producto" es impreciso, debe concretar "el producto" que vende, sin que exista la posibilidad de incluir en este momento de la tramitación más productos que uno.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action