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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de marzo del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AMARRE 58, bajo la titularidad de AMARRE 58 SL.


Suspenso de fondo de marca

AMARRE 58

Expediente:  M-3688295

Tipo Marca:  Mixta

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  4298982

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  3688295

Fecha de resolución:  20/03/2018

Clases:  41, 43

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, en la clase 41 los servicios deberán ser solicitdos como " servicios de educación; servicios de formación; Servicios de entretenimiento; Servicios de organización de actividades deportivas y culturales; Servicios de actuaciones musicales; Organización de eventos con fines culturales; Organización de fiestas; Servicios de un disc-jockey". En la clase 43 deberá suprimir por no pertenecer a la clase " servicios de vermut.... alcoholicas", pudiendo solicitar en la clase 32 "bebidas a base de zumo de frutas" y en la clase 33 "bebidas alcoholicas (excepto cervezas), cocteles, vermut". Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente porla/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente alos productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta depago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitudcon respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 26/03/2018 Tomo: 1 Anuncio:4298982 

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