Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Amarillos de.
Expediente: M-4344625
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8998098
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4344625
Fecha de resolución: 02/02/2026
Irregularidades: 1.La cumplimentación del apartado "ELEMENTOS DE LA MARCA SOBRE LOS QUE NO SE REIVINDICA UN DERECHO E XCLUSIVO" es incorrecta. Este apartado solo puede contener los elementos de la marca referidos en el art. 5.1 b), c) y d) (falta de carácter distintivo, descriptivos o habituales) de la Ley 17/2001 de Marcas, no siendo admisible la indicación efectuada. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones (art. 2.10 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciem bre, de Marcas).2.El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivament e a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 de l Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cump limentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.3.La lista de producto s y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/200 1, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Servicios de venta al p or menor, mayorista y en línea de artículos de regalo, souvenirs, prendas de vestir, bolsas y produc tos de papelería", DEBE DEFINIRSE:SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR, AL POR MAYOR EN COMERCIO Y EN LÍNEA DE PRENDAS DE VESTIR, BOLSAS Y ARTÍCULOS DE PAPELERÍA-articulos de regalo", ES IMPRECIS O-"souvenirs", IMPRECISO. NO SE PUEDE UTILIZAR DICHO TERMINO.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTA CIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPEN SO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASApórtese un nuevo listado consignánd olos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.action