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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Amarillos de.


Solicitud de marca suspendida

Amarillos de

Expediente:  M-4344625

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8998098

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4344625

Fecha de resolución:  02/02/2026

Irregularidades:  1.La cumplimentación del apartado "ELEMENTOS DE LA MARCA SOBRE LOS QUE NO SE REIVINDICA UN DERECHO E XCLUSIVO" es incorrecta. Este apartado solo puede contener los elementos de la marca referidos en el art. 5.1 b), c) y d) (falta de carácter distintivo, descriptivos o habituales) de la Ley 17/2001 de Marcas, no siendo admisible la indicación efectuada. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones (art. 2.10 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciem bre, de Marcas).2.El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivament e a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 de l Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cump limentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.3.La lista de producto s y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/200 1, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Servicios de venta al p or menor, mayorista y en línea de artículos de regalo, souvenirs, prendas de vestir, bolsas y produc tos de papelería", DEBE DEFINIRSE:SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR, AL POR MAYOR EN COMERCIO Y EN LÍNEA DE PRENDAS DE VESTIR, BOLSAS Y ARTÍCULOS DE PAPELERÍA-articulos de regalo", ES IMPRECIS O-"souvenirs", IMPRECISO. NO SE PUEDE UTILIZAR DICHO TERMINO.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTA CIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPEN SO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASApórtese un nuevo listado consignánd olos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 09/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:8998098 

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