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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ALTXE ATELIER.


Solicitud de marca suspendida

ALTXE ATELIER

Expediente:  M-4346010

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9033612

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4346010

Fecha de resolución:  17/02/2026

Irregularidades:  1.- La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"Otros artículo s de adorno personal elaborados en metales preciosos, plata, resina, cerámica o materiales mixtos " es impreciso y debe ajustarse a la Clasificación.-"Augures" es impreciso. Debe eliminarlo o defi nirlo de otra manera.-La venta de "complementos" es impreciso. Pueden incluirse como "complement os de vestir".2.- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectam ente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Joyería contemporánea, anillos, pendientes, colgantes, broches, pulseras; objetos de arte en metal y materiales combinados; piezas de joyería artística y de autor; Augures" puede qu edar definido como "joyería contemporánea; anillos; pendientes; colgantes; broches; pulseras; piezas de joyería artística y de autor".-"Horquillas" puede quedar definido como "horquillas para el c abello" y pertenece a la Clase 26.-"Tocados" puede quedar definido como "tocados (artículo de so mbrerería)" y pertenece a la Clase 25.-"Objetos de arte en metal y materiales combinados" puede quedar definido como "objetos de arte de metales preciosos"Apórtese un nuevo listado consignándo los correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la so licitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pu ede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://con sultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros ( tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la fa lta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubies e abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma sol o se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir l a solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 24/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9033612 

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