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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ALTOS DEL EO.


Solicitud de marca suspendida

ALTOS DEL EO

Expediente:  M-4345425

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9023432

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4345425

Fecha de resolución:  12/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:"Servici os de coaching (desarrollo personal y profesional)" podría quedar definido como: "Servicios de forma ción [coaching] en desarrollo personal y profesional"."Coaching de naturaleza" podría quedar def inido como: "Servicios de formación [coaching] realcionado con la naturaleza"."Organización y di rección de retiros de bienestar y mindfulness" podría quedar definido como: "Servicios de instrucció n y formación de técnicas de bienestar y meditación, en el marco de retiros espirituales o de descan so"."Organización de programas de liderazgo consciente para equipos" podría quedar definido como : "Organización de programas de formación de liderazgo consciente para equipos"."Servicios de se guimiento de coaching online" podría quedar definido como: "Servicios de formación [coaching] en lín ea (online) "."Provisión de alojamiento para retiros" podría quedar definido como. "Provisión de instalaciones de alojamiento temporal para retiros" y pertenece a la clase 43El resto de produc tos y servicios están correctamente definidos y clasificados.Puede consultar la herramienta CLIN MAR para corregir los servicios y/o productos afectados: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.a ction Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la sol icitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defec tos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9023432 

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