Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de octubre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Alma del Olivar.
Expediente: M-4292309
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a errorsobre la naturaleza de los productos solicitados, toda vez que en la representación gráfica aparecen unas olivas, lo que puede llevar al consumidor a pensar que todo el aceite comercializado es de oliva.Esta prohibición se puede subsanar aportando nueva lista de productos en la que se limiten losmismos exclusivamente a: "aceites y grasas de oliva". 02) POR OPOSICION BASADA EN:- A009647074ALMAOLIVA en relación con las clases solicitadas: 29- A018016737ALMALIVA en relación con las clases solicitadas: 29- A018021699ALMALIVA en relación con las clases solicitadas: 29- <a href="/distintivo/al-alma-del-olivo/oepm/m-3633636/" title="Detalle de la marca AL ALMA DEL OLIVO">AL ALMA DEL OLIVO</a>AL ALMA DEL OLIVO- A007365571EXCELENCIA DEL OLIVAR en relación con las clases solicitadas: 29- Por oposición basada en el art. 8 de la Ley de marcas (marca renombrada)
Identificado de publicación: 8806918
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4292309
Fecha de resolución: 17/10/2025
Clases: 29