Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ALMA CRUA.
Expediente: M-4340984
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8985627
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4340984
Fecha de resolución: 26/01/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 30 -"cookies" debe quedar definido como "galletas".CLASE 35-"servicios de comercializac ión de dichos productos" debe quedar definido como "Servicios de venta al por menor y al por mayor e n establecimientos físicos y a través de Internet de productos de pastelería, galletas, repostería y productos alimenticios" y ya está contenido en su solicitud.-"distribución de dichos productos" debe quedar definido como "distribución (reparto) de productos" y pertenece a la clase 39.CLASE 43-"servicios de obrador" es impreciso.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamen te. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicame nte respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/cli nmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el tr ámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendr á por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalida d de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar Se subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas