Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de septiembre del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ALIMENTOS de SALAMANCA M A.
Expediente: M-4156564
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7006031
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4156564
Fecha de resolución: 21/09/2022
Clases: 33, 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre el origen y calidad de los productos solicitados, así como de los productos sobre los que recaen los servicios de venta solicitados en la clase 35; toda vez que la denominación de la marca ALIMENTOS de SALAMANCA M A, indica que dichos productos proceden de Salamanca, sin que se haya indicado en la lista de productos y servicios. Esta prohibición podrá subsanarse limitando la lista de productos y servicios en el sentido de indicar que los productos solicitados en la clase 33 proceden de Salamanca, así como en la clase 35 seha de indicar que los productos sobre los recaen los servicios de venta proceden de Salamanca
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados en la clase 33, en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluida del registro en virtud del art. 103.2 del Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que la denominación de la marca ALIMENTOS de SALAMANCA M A, contiene la palabra SALAMANCA, lo que puede hacer pensar que los productos solicitados son vino acogido a la "D.O.P vino Sierra de Salamanca".Esta prohibición podrá subsanarse limitando los productos solicitados en la clase33 a vinos amparados por la DOP Sierra de Salamanca o excluyendo los mismos de la lista de productos
Motivos: 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 5.1. c),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre