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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 31 de agosto del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Algicida Ultra, bajo la titularidad de JUAN SUÑE SA.


Suspenso de fondo de marca

Algicida Ultra

Expediente:  N-0436598

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Titular:  JUAN SUÑE SA

Identificado de publicación:  6968761

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0436598

Fecha de resolución:  24/08/2022

Clases:  01

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio).Los productos no están correctamente definidos. En concreto, y a fin de adaptarse al Nomenclátor Internacional, lo indicado en el punto 4 de lasolicitud (Lista de productos y servicios), para la clase 01, como "PRODUCTO PARA TRATAMIENTO DE AGUA DE PISCINAS" sería más ajustado solicitarlo como "Productos químicos para el tratamiento del aguapara su uso en piscinas". Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de las actividades solicitadas describiéndolas correctamente siguiendo la Clasificación Internacional. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 y 9.6 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Motivos:  02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo, toda vez que consiste en una denominación que no permite al consumidor identificar los productos que se pretenden distinguir con dicho signo con una concreta procedencia empresarial

Motivos:  03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza, calidad ocaracterísticas de los productos para los que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que éste consiste únicamente en una leyenda compuesta por vocablos genéricos/descriptivos, respecto a los productos solicitados, siendo "ALGICIDA" una sustancia o producto químico de carácter preventivopara evitar la aparición de algas en el agua o para erradicarlas cuando ya existen, y por el vocablo "ULTRA" término descriptivo de calidad para indicar algo que supera los parámetros normales de algo, no constando de ningún otro elemento de fantasía o grafía que permita distinguir los servicios deuna empresa de los de otras

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 31/08/2022 Tomo: 1 Anuncio:6968761 

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