Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Alexwave Chill.
Expediente: M-4353068
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9073088
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353068
Fecha de resolución: 04/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 41:- "servicios de formación en mindfulness moderno" puede quedar definido como "servicios de formación en meditación (mindfulness moderno)".-" talleres y programas de bienestar mental; provis ión de contenidos educativos digitales" puede quedar definido "Talleres y programas de formación de bienestar mental"- "provisión de recursos formativos online" puede quedar definido como "Impartic ión de cursos de formación en línea"-"actividades de desarrollo personal; actividades de relajació n guiada" es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. - "creación y difusión de contenidos multimedia educativos" puede quedar definido como "Servicios de publicación de contenidos educativos multimedia" y "Difusión de contenidos audiovisuales" que pertenece a la cl ase 38- "servicios de entrenamiento en hábitos saludables" puede quedar definido como "Entrenamien to personal [formación] en hábitos saludables" Apórtese un nuevo listado consignándolos correcta mente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únic amente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consulta r la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.e s/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tot alidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modif icar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, seg ún establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas