Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 31 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Albert Design 3D.
Expediente: M-4329672
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8820502
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4329672
Fecha de resolución: 24/10/2025
Irregularidades: - La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17 /2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento) En concreto: Clase 11"Colgantes y de sobremesa; ap aratos de iluminación decorativa; iluminarias de diseño" son imprecisos, deben ajustarlos a la Clasi ficación de NizaClase 20"Estructuras y soportes para lámparas" puede quedar definido como "S oportes para lámparas" pertenece a la clase 11Artículos de decoración fabricados en plástico, r esina o materiales compuestos; bases y estructuras para productos de iluminación; accesorios decorat ivos de interior" son imprecisos, deben ajustarlos a la Clasificación de NizaClase 35"Comerc io electrónico" puede quedar definido como "Servicios de gestión comercial relacionados con el comer cio electrónico""Gestión de tiendas online" puede quedar definido como "Gestión empresarial de t iendas en línea"Clase 42"Y modelado 3D" es impreciso, deben ajustarlo a la Clasificación de Niza"Servicios de diseño industrial y artístico de productos" puede quedar definido como "Servic ios de diseño industrial artístico de productos""Creación de objetos decorativos personalizados" es impreciso, deben ajustarlo a la Clasificación de NizaPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamenteSe recuerda q ue como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señala dos en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Re glamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de MarcasApórtese un nuevo list ado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reg lamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action