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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ALAS Y RAÍCES Coaching Familiar Neurodivergencia NAS.


Solicitud de marca suspendida

ALAS Y RAÍCES Coaching Familiar Neurodivergencia NAS

Expediente:  M-4348360

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9027757

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4348360

Fecha de resolución:  13/02/2026

Irregularidades:  Debe indicar el NOMBRE Y APELLIDOS del solicitante en las casillas correspondientes, de manera que q uede correctamente identificado.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo.El apartado "DESCRIPC IÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede elimi nar estas indicaciones.La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisió n (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concret o: Clase 16:-" Publicaciones, cuentos, guías, cuadernos, materiales educativos y de acompaña miento familiar en formato impreso o digital; material ilustrado para familias y niños" es impreciso . Debe encuadrar los productos en la clasificación de Niza.Clase 44:-"Servicios de coaching personal y familiar; asesoramiento y orientación en bienestar emocional, desarrollo personal y proce sos de crianza; acompañamiento a familias y personas neurodivergentes; servicios de apoyo psicológic o no médico" es impreciso. Debe encuadrar los servicios en la clasificación de Niza.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados s e tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art . 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no s e subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, ret irar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecuc ión de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 20/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9027757 

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