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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo AIXA ASSISTANT.


Solicitud de marca suspendida

AIXA ASSISTANT

Expediente:  M-4350634

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9050229

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4350634

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  23/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 35:-" auto matización de procesos de negocio" es impreciso. Puede quedar definido como "Gestión de procesos de negocio".- "gestión y automatización de redes sociales" debe quedar definido como "Servicios de re des sociales en línea" y pertenece a la CLASE 45.- " implementación y gestión de CRM" debe quedar definido como "Gestión de relaciones con los clientes".Clase 42:- " diseño y desarrollo de f lujos de trabajo automatizados" es impreciso. Puede eliminarlo del listado o indicar un servicio rel acionado englobado en la clasificación de Niza.- " integración de sistemas mediante APIs" puede quedar definido como "Integración de sistemas informáticos mediante Interfaces de Programación de Ap licaciones".- "creación de chatbots de texto y voz" es impreciso. Puede eliminarlo del listado o indicar un servicio relacionado englobado en la clasificación de Niza.- "servicios SaaS (softwa re como servicio) para automatización empresarial" debe quedar definido como "Software como servicio [SaaS] para automatización empresarial".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctament e. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamen te respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/ clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se te ndrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la total idad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modific ar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9050229 

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