Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo AICE.
Expediente: M-4350787
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9080734
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4350787
Fecha de resolución: 09/03/2026
Irregularidades: Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los de fectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artícu lo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.Se recue rda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos s eñalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 d el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.La lista de prod uctos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de dic iembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:- "Enseñanza": se sugiere clase 41. - "Diseño" pertenece a la clase 42, pero no se reconocen las siguientes clases "DISEÑO CONCIENTE; DI SEÑO DE INTERIORES CONCIENTE, DISEÑO CONCIENTE, DISEÑO SENSORIAL". Se sugiere "Trabajos de investiga ción relacionados con el diseño" (clase 42).Se recomienda que las clases a solicitar aparezcan s eparadas por punto y coma ";".Debe revisar los productos y/o servicios indicados de manera que s e ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Apórtese un nu evo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su li sta de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clas e resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicame nte. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a l a/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa