Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de marzo del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AGUAI BIO VEGANO.


Suspenso de fondo de marca

AGUAI BIO VEGANO

Expediente:  N-0370377

Tipo Marca:  Mixta

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  3674226

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0370377

Fecha de resolución:  09/03/2017

Clases:  43

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto para ajustarse al Nomenclator Internacional deberá clasificar en Cl. 35 "Servicios de gestión de pedidos en línea relacionados con comida para llevar" Cl. 39 " Servicio de reparto de comidas" Cl. 43 "Servicios de comidas para llevar. Servicios de elaboración de comidas para llevar"..Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubieseabonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Motivos:  02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del artº 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la calidad y naturaleza de los productos que en el servicio de restauración pretende ofrecer al introducir en el distintivo solicitado el término BIO ya que los productos a los que se les aplique deben ser de producción biológica. Regl. ( CE) 834/2007 de 28 de Junio

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 15/03/2017 Tomo: 1 Anuncio:3674226 

IR A AGUAI BIO VEGANO
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es